RESOLUCIÓN Nº96-2023-M.P.-

Instrumenta las acciones  previstas  en  la  Carta  Intención  aprobada  por  Ley Nº  3497, por la cuual se otorga un aporte no reembolsable a la provincia de La Pampa para brindar asistencia a los productores agrícolas y/o ganaderos .[1]

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en Sep. del B.O. 3562 del 20-03-23.-

Dictado  el 17-03-23.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

 

 

Artículo 1°.-Instrumentase las acciones previstas en la Carta Intención aprobada por Ley Nº 3497, suscripta entre el ex -Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la provincia de La Pampa y la consecuente Oferta elevada al BICE FIDEICOMISOS S.A. (Fondo Fiduciario Nacional de Agroindustria –FONDAGRO-) suscripta en fecha 15 de junio de 2022, por la cual se le otorga a la provincia de La Pampa, un Aporte No Reembolsable, por la suma de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($  200.000.000,00) cuyo objetivo es brindar asistencia a los productores agrícolas y/o ganaderos que han sido perjudicados por la inclemencia climática, conforme lo expuesto en los considerandos precedentes.

 

Artículo 2º.-Dispónese que la asistencia económica dispuesta en el artículo 2º será resuelta mediante acto administrativo de este Ministerio, por el cual se acuerde la condición de beneficiario y el otorgamiento del Aporte No Reembolsable (ANR). A los efectos de la tramitación de la solicitud del interesado se deberán cumplir con los requisitos y la documentación requerida, la que tendrá carácter de Declaración Jurada, conforme los Anexos que forman parte integrante de la presente medida.

 

Artículo 3º.-Apruébase las “Condiciones y Requisitos de otorgamiento de Aportes No Reembolsable” que como Anexo I forma parte integrante de la presenteResolución.

 

Artículo 4º.-Apruébase los modelos de: “Nota de solicitud de Aportes”, “Nota deAutorización”, “Declaración Jurada de Uso de los Fondos”, de “Debida Diligencia” y de “Conflictos de Intereses”, los que como Anexos II, III, IV, V y VI, forman parte integrante de la presente Resolución.

 

Artículo 5°.-La Subsecretaría de  Asuntos Agrarios a través de susDirecciones dependientes, tendrá a su cargo elaborar un Informe del que surja la verificación de los inmuebles afectados por las inclemencias climáticas, los daños ocasionados, la procedencia de la solicitud de los fondos y el monto máximo de Aporte a otorgar conforme lo requerido.

 

Artículo 6º.-La Dirección de Asistencia Técnica y Financiera, dependiente de la Subsecretaría de Industria, Comercio y PyMEs tendrá a su cargo la recepción y evaluación de los Formularios aprobados en el marco de la presente Resolución y, en su caso, posterior conformidad por parte de la Autoridad de Aplicación del otorgamiento del ANR por acto administrativo.

 

Artículo 7°.-Los Beneficiarios de los Aportes no Reembolsables, a efectos de realizar larendición respectiva conforme Anexo I de la presente deberán presentar, ante la Dirección de Asistencia Técnica y Financiera, el o los comprobantes de gastos en el plazo que se establezca en el acto administrativo de otorgamiento de los fondos, el cual deberá ser antes del 31 de diciembre de 2.023.

 

Artículo 8°.-El incumplimiento por parte del Beneficiario, de la obligación de rendir losfondos otorgados en el plazo previsto en el acto de otorgamiento y/o darle un destino diferente para el que se otorgó, implicará la caducidad inmediata del beneficio concedido y la devolución total o parcial del Aporte, con más los intereses que se devenguen, a cuyo efecto se aplicará la Tasa de interés dispuesta por el Código Fiscal de la provincia de La Pampa para la falta de pago en término de toda deuda por impuestos, tasas u otras obligaciones fiscales. Dicho interés se devengará desde la entrega de los fondos al Beneficiario y hasta el día de su efectiva devolución.

 

Artículo 9°.-Derógase la Resolución Nº 444/22, no obstante, será de aplicación la presente a todos los beneficios que hayan sido otorgados bajo ese régimen.

 

Artículo 10.-La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente hábil de su publicación en el  Boletín Oficial.

 

ANEXO

 

I“Condiciones y Requisitos de otorgamiento de Aportes No Reembolsables”

 

1. Aporte: La asistencia prevista por la presente Resolución, consiste en el otorgamiento de un único Aporte no Reembolsable (ANR) el cual estará integrado por fondos destinados a la realización de inversiones y/o compensación por pérdida.

 

2. Beneficiarios:Podrán solicitar un Aporte no Reembolsable, toda personas físicas o jurídicas que realice actividad agrícola  y/o ganadera y que hayan sido afectadas por las inclemencias climáticas acontecidas en la provincia de La Pampa a partir del 1º de mayo del año 2.022.

 

3. Solicitud: Para que una solicitud pueda ser ingresada al  sistema de evaluación, deberá satisfacer requisitos mínimos, de índole general, que configuran los criterios de admisibilidad. Una vez admitido se  procederá a evaluar la viabilidad de otorgamiento del Beneficio, teniendo prioridad aquellas personas  que no se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria, por elección popular, designación directa, por concurso o por cualquier otro medio legal, extendiéndose a los magistrados y funcionarios del Estado Nacional, Provincial y Municipal.

 

4. Monto:El monto máximo por Aporte no Reembolsable será de hasta PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000,00), en función de la actividad y las inversiones; priorizándose la actividad ganadera. El  CINCUENTA POR CIENTO (50%) del ANR que se otorgue, podrá ser rendido como fondo de compensación, a excepción de la afectación a sistemas productivos de tipo agrícola que podrá rendirse como compensación en su totalidad.

 

5. Destino:El ANR se destinará para la compra de alimentos, reservas forrajeras, semillas y/o fertilizantes para la implantación de pasturas para la recomposición de suelos, para retención de terneras, vacas, vaquillonas y/o compra y/o reposición de ganado vacuno en general, para la restauración de la infraestructura, combustible y toda otra actividad o bien afectado por dicha contingencia, debiéndose rendir conforme las pautas establecidas en la presente Resolución. La compensación por pérdida se otorgará a modo de recomposición del desequilibrio acaecido por causa de la contingencia climática sufrida, acreditando las perdidas en que hubiese incurrido conforme actividad económica desarrollada por el productor.

 

6. Requisitos formales/Documentación:

 

·Completar en debida forma los Formularios de “Nota de solicitud de Aportes”, “Nota de Autorización”, de “Debida Diligencia” y de “Conflictos deIntereses”, que como Anexo II, III, V y VI forman parte integrante de la presente Resolución con firmas certificadas ante autoridad competente.

·Constancia de Clave Bancaria Uniforme (C.B.U) de la cuenta bancaria en la que se recibirá el aporte.

·Documentación que acredite las condiciones de titularidad o derecho de uso sobre el inmueble afectado.

·Constancia de stock ganadero (SIGSA), de corresponder.

·Contar con Boleto de Marca actualizado.

·En el caso de Personas Humanas, copia certificada por Autoridad competente de Documento Nacional de Identidad del solicitante y constancia de CUIT/CUIL. En el caso de Personas Jurídicas,  copia de Estatuto constitutivo, Acta de Designación de Autoridades y/o Acta de representación o poder vigente, de corresponder.La  Autoridad de Aplicación podrá solicitar a los Beneficiarios cualquier otra información o documentación, que se estime pertinente para evaluar y aprobar el otorgamiento del Aporte solicitado, como así también podrá requerirla de los organismos dependientes de la Administración Pública Provincial, previa autorización expresa del Beneficiario.

 

7-Rendición: Para rendir los fondos destinados a inversiones, podrán acompañarse comprobantes de gastos que pueden ser de hasta TREINTA (30) días corridos previos antes a la fecha de otorgamiento del aporte. Para rendir los fondos con destino a compensación, los productores podrán acompañar loscomprobantes que daten de fecha desde el día 1º de mayo de 2.022 y/o acreditar las pérdidas en que hubiese incurrido, conforme actividad económica desarrollada y consecuencia de la contingencia climática sufrida. Los beneficiarios deberán presentar los comprobantes originales que fueron afectados a la compra de insumos y/o de servicios, los que deberán cumplir con los siguientes requisitos: responder a la condición Factura/Ticket A,B o C, estar confeccionados a nombre del Beneficiario que ha recibido el Aporte. En caso de tratarse de más de un Beneficiario, deberán ser confeccionados a nombre de uno de ellos, que se encuentre inscripto en los organismos nacionales y provinciales correspondientes y cumplir con los requisitos legales e impositivos vigentes, acompañados con la correspondiente validación de AFIP. Toda esta información, se acompañará junto a una “Declaración Jurada de uso de fondos”.De estimarlo necesario, la Dirección podrá solicitar la documentación respaldatoria y/o ampliatoria que crea conveniente, a fin de acreditar el uso de los fondos.

 

8. Verificación:Presentada la rendición, los agentes de la Subsecretaria de Asuntos Agrarios procederán a verificar en el inmueble afectado a los efectos de constatar que los fondos otorgados se hayan utilizado conforme el destino dispuesto en el acto administrativo de otorgamiento y, en caso de corresponder, expedir la correspondiente certificación técnica que así lo acredite.

 

ANEXO II

MODELO DE “NOTA DE SOLICITUD DE APORTES”

 

En la ciudad de ................., a los ...... días del mes de ...... del .......

 

A la Dirección de Agricultura Ministerio de la Producción S /D

 

          De mi mayor consideración:Por medio de la presente, me dirijo a Ud. a los efectos de solicitar un Aporte No Reembolsable, a ser aplicado en el Inmueble cuya Nomenclatura Catastral es: SECCIÓN .......... FRACCIÓN ......... LOTE .......... PARCELA ............. PARTIDA Nº ..............; la cual presenta problemáticas de suelos anegables y/o suelos salinos.

 

Al respecto, informo que el monto solicitado en concepto de Aporte no Reembolsable es de $ .........................., que será utilizado con el siguiente objetivo de inversión: .......................................................................................................................................................

 

Adjunto a la presente, la siguiente documentación:.......................................................................................................................................................................................................................................................................................................

 

Asimismo, autorizo a la Dirección de Agricultura a solicitar toda aquella información de carácter personal que se encuentre bajo la órbita de la Administración Pública Provincial (Dirección General de Rentas, REPAGRO, Marcas y Señales, Registro de la Propiedad Inmueble, etc.), relevándose del secreto fiscal y/o estadístico en caso de corresponder.

 

Firma

Nombre

Cargo

Razón Social

CUIT

Teléfono

Domicilio

 

ANEXO III

NOTA DE AUTORIZACIÓN

 

LA SIGUIENTE INFORMACIÓN TIENE CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA.

 

Quien/es suscribe/n, en calidad de ..................... del Predio PARTIDA N°........................, declaro/ramos estar en conocimiento de las condiciones referentes a la solicitud de un Aporte no Reintegrable, autorizando a ................................................, D.N.I.  Nº........................en su carácter de .................... a realizar la gestiones que correspondan, a tal efecto.------------------------

 

(Quien/es suscribe/n, deberá/n consignar: firma, aclaración, Nº de D.N.I. y domicilio real)

 

 

 

ANEXOS IV a VI



[1] Nota: Título dado por el Digesto.